La familia Cassirer, la primera propietaria de la pintura impresionista Rue Saint-Honoré por la tarde. Efecto de lluvia, de 1897, de Camille Pissarro, que se vio forzada en 1939 a malvender este cuadro para obtener un visado y abandonar la Alemania nazi al comienzo de la II Guerra Mundial, recurrirá la sentencia del Tribunal de Apelaciones del Distrito Central de California que este martes concluyó que el Museo Thyssen es el legítimo propietario de la obra, según ha podido confirmar EL PAÍS a través del despacho de abogados B. Cremades & Asociados. Este bufete ha formado parte de un largo periplo judicial (empezó en 2005) contra el museo español en representación de la Federación de Comunidades Judías de España y la Comunidad Judía de Madrid.
“La familia ya ha dicho públicamente que va a continuar recurriendo, así que queda mucha tela que cortar y años de batalla por delante”, ha explicado Bernardo Cremades Jr., del despacho de abogados, a Europa Press. Ya en 2022, en una entrevista con este diario, David Cassirer, bisnieto de Lilly, no se mostraba preocupado ante la posibilidad de que esta guerra legal se dilatara. “Llevamos 23 años con esto; esperar un poco más no será tan grave”, explicó entonces. Ahora, los primeros propietarios tendrán que presentar un recurso de reconsideración ante el pleno del tribunal californiano y de ahí quedaría la opción de elevar su queja de nuevo al Supremo de Washington, que podría aceptar revisar de nuevo el tema o dejarlo estar. Las posibilidades de que este órgano admita por segunda vez a trámite el caso, cuando ya en la primera dejó claro su criterio, son remotas.
La Corte Suprema de Estados Unidos falló a favor de la familia Cassirer en abril de 2022. Fue una victoria parcial ya que este tribunal abrió la puerta a una posible devolución que este martes pareció definitivamente cerrada. Los jueces californianos consideran que en este caso hay que aplicar la ley española y que, por tanto, el pisarro, valorado en unos 28 millones de euros, es del Thyssen, donde acabó en 1993, y donde se expone desde entonces.
“Apelar otra vez al Supremo de Estados Unidos parecería una cosa un poco absurda”, asegura Evelio Acevedo, director gerente del Thyssen. “O por lo menos con pocas probabilidades de que tuviera éxito”, añade. La misma opinión le merece que la familia Cassirer recurra la sentencia ante el Tribunal que acaba de darle la razón al museo al considerar que debe aplicarse la ley española. “Aplicando esta legislación, el tribunal sostuvo que la Colección Thyssen-Bornemisza había adquirido el título prescriptivo del cuadro de conformidad con el artículo 1955 del Código Civil español. Por lo tanto, el panel confirmó la decisión del tribunal de distrito concediendo la sentencia a favor de la Colección Thyssen-Bornemisza”, explica el texto de la sentencia.
El barón Hans Heinrich von Thyssen-Bornemisza lo compró en 1976 de buena fe por 360.000 dólares a una galería neoyorquina. A Lilly Cassirer le dieron en 1939 el equivalente a 360 dólares, aunque, en realidad, nunca recibió el dinero; el ingreso se hizo en una cuenta ya bloqueada por el régimen nazi. Desde el momento en que el cuadro entro en el museo Thyssen es propiedad del Estado español que ha formado parte de esta batalla judicial a través de la Abogacía del Estado que se personó en 2017 en apoyo de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza en este litigio.
Bernardo Cremades considera que “la sentencia omite el hecho de que se está protegiendo que alguien se quede ―o un Estado, que es mucho peor— con arte robado o expoliado por los nazis, en contra de todas las convenciones internacionales”. Este despacho de abogados destaca el voto concurrente de la jueza Consuelo Callahan, que escribió que estaba de acuerdo con el fallo, pero que le incomodaba. “España, tras reafirmar su compromiso con los Principios de Washington sobre el arte confiscado por los nazis al firmar la Declaración de Terezin sobre los Bienes de la Época del Holocausto y Cuestiones Afines, debería haber renunciado voluntariamente al cuadro”, dijo en su voto particular. “Nuestra sentencia se ve compelida por las conclusiones de hecho del tribunal de distrito y la legislación aplicable, pero desearía que fuera de otro modo”, añadió.
“No vamos a entrar en opiniones personales y esta señora, más que un voto, lo que me parece es que expresa una opinión personal”, valora las palabras de Callahan el gerente del Thyssen. Acevedo defiende que el museo respeta la declaración de los principios de Washington sobre el arte confiscado por los nazis. Primero porque España, propietaria en última instancia del pisarro, firmó esta declaración. En segundo lugar, porque, según opina Acevedo “lo ideal es alcanzar soluciones equitativas que consideren a la parte perjudicada, pero también los derechos de la parte que adquirió estos bienes de una manera absolutamente legal y por supuesto de buena fe”, dice sobre la compra que hizo el barón en los años cincuenta. Respecto a la compensación que debería recibir la familia Cassirer, el gerente del Thyssen recuerda que, en 1958, Lilly Cassirer Neubauer alcanzó un acuerdo con el Gobierno alemán, el marchante Jakob Scheidwimmer y D. Julius Sulzbacher, por el que aceptó una compensación de 120.000 marcos alemanes del Gobierno federal alemán para poner fin a las reclamaciones entre las partes.
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